Hemos hablado en varias ocasiones de las graves consecuencias que tiene utilizar el precio como único factor para competir en bienes o servicios relacionados con la salud y la seguridad de las personas.
Si a esta competencia por precios bajos le acompaña la falta de una normativa que establezca unos requerimientos mínimos aceptables estamos ante una combinación explosiva. Y esta situación es la que tenemos, por ejemplo, en la actividad de mantenimiento de ascensores.
Los principios liberalizadores de la UE en los que se inspiró la Directiva de Servicios 2006/123/CE, que ha impregnado las legislaciones nacionales, favorecen claramente la competencia, lo que está muy bien porque nos beneficiamos de la reducción de costes, aunque genera también algunas contradicciones.
En pocos años, en algunos países de Europa, hemos pasado de la obligación legal de un mantenedor cualificado para un máximo de 75 ascensores, a una en la que cada empresa, mediante una declaración responsable, cuidará de realizar sus actividades en condiciones de total seguridad.
La razón que se esgrime para no establecer requerimientos mínimos legales en la actividad de mantenimiento es que cada empresa conservadora debe decidir según las características de cada edificio, lo cual está muy bien. Pero aquí nos encontramos con una primera contradicción. Según este razonamiento, ¿para qué establecer entonces un tiempo máximo entre las visitas de mantenimiento preventivo? Siendo consecuentes también deberíamos apelar al sentido de la responsabilidad de las empresas y que éstas establezcan cuántas visitas hay que realizar al año, como así se hace en algunos países del norte de Europa.
Por otro lado, ¿establecemos un tiempo máximo entre visitas, pero no establecemos un tiempo mínimo para cada visita?. Así, una empresa mantenedora podría pedir, directa o indirectamente, a sus trabajadores que haga todas las visitas legales, pero que no tarden más de cinco minutos, cuando lo deseable sería una dedicación mínima de unos treinta minutos por cada visita de mantenimiento preventivo a un ascensor.
Y llegamos a una tercera contradicción. Desde hace un par de décadas, gracias a las normas armonizadas y al desarrollo de estándares técnicos europeos se ha conseguido la libre circulación efectiva de ascensores, pero en lo que se refiere a la actividad de mantenimiento parece que no se ha armonizado tanto, ya que cada país sigue unas reglas de juego distintas en cuanto a número de visitas anuales, … ¿por qué?
Independientemente de la visión de la sociedad que cada uno tenga, el buen gobierno debería preocuparse de que, antes de liberalizar los sectores, se generen al menos guías orientadoras que establezcan medidas recomendables mínimas.
¿Por qué no se ha hecho, más allá de la EN 13015, una guía europea del mantenimiento de ascensores más completa que no solo garantice la seguridad de los pasajeros, sino que promueva el bienestar de los trabajadores y se preocupe por maximizar el ciclo de vida completo del producto? Si se hubiera planteado, estoy seguro que habría tenido tanto éxito como otras normas europeas sobre ascensores que ya existen.
Los “planes de negocio”, así llamados según una curiosa terminología, del Comité Europeo de Normalización que se dedica a los Ascensores (CEN TC 10), o las ambiciones del CEN para el 2020, no parece que incluyan estas inquietudes, sino más bien reflejan una clara orientación a la libre circulación de mercancías, no ya solo europea, sino también mundial.
Las PYMES del ascensor tienen una buena oportunidad de equilibrar la balanza, ya que a través de los canales de participación abiertos por el CEN, pueden influir en la creación de directrices que hagan que la actividad de mantenimiento se desarrolle en entornos más amables, aunque no por ello menos productivos.
(Read in English)
Estimado José María, completamente de acuerdo con tú artículo y como conocedor del sector que eres, nuevamente dando en la diana.
Aunque tenemos la EN 13015 que marca las pautas para la elaboración de instrucciones de mantenimiento que incluye un anexo de ejemplos «típicos» a tener en cuenta en una revisión, cierto es que habría que profundizar muchísimo más en este ámbito del mantenimiento preventivo.
Saludos desde los madriles.
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Hola José Luis, tu comentario es doblemente valioso, ya que, además del contenido en sí, viene de una persona que se preocupa activamente por mejorar estos temas. En efecto, existe la EN 13015 que algo aporta. El problema al que apunto es ir más allá y crear un entorno que intente contener la pérdida de calidad. La caída de precios estresa, más allá de lo recomendable, la buena organización de las empresas conservadoras. La economía existe, o debería existir, sobre todo para favorecer las buenas relaciones humanas y las regulaciones técnicas de las que hablamos deben contribuir también a mejorarlas. Un abrazo,
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